jueves, 26 de agosto de 2021

Ayudas para el alumnado de Bachillerato 2021-2022 – Convocatoria | Junta de Castilla y León

El 26 de agosto de 2021 se publica en el BOCYL el extracto de la Orden de 17 de agosto de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2021-2022.


Estas ayudas tienen como destinatario, entre otros, al alumnado que curse, entre otras enseñanzas, Bachillerato en centros de la Comunidad de Castilla y León.

MODALIDADES DE LAS AYUDAS

  • Ayuda variable. Se concederá en función del intervalo de porcentajes del umbral máximo de renta familiar establecido en el apartado séptimo.1 de la Orden de convocatoria en el que se encuentre encuadrada la renta de la unidad familiar del solicitante, conforme a la siguiente relación:
    • Menor o igual al 25% del umbral máximo de renta familiar: 450 euros.
    • Superior al 25% e inferior o igual al 50% del umbral máximo: 350 euros.
    • Superior al 50% e inferior o igual al 75% del umbral máximo: 250 euros.
    • Superior al 75% e inferior o igual al 100% del umbral máximo: 200 euros.
  • Ayuda fija ligada a la residencia. Se podrá recibir por quienes además de ser beneficiarios de la ayuda variable necesiten residir, por razón de los estudios, durante el curso escolar en lugar distinto al domicilio familiar y cumplan los requisitos que establece el apartado octavo para esta modalidad de ayuda. Las ayudas por este concepto ascenderán a 1.500 euros. En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del servicio.

Podrán ser beneficiarios de la ayuda variable los solicitantes que cumplan los requisitos generales, académicos y económicos, establecidos en los apartados quinto, sexto y séptimo, respectivamente.

REQUISITOS GENERALES DE LOS BENEFICIARIOS

  1. Encontrarse matriculado, en el curso escolar 2021-2022, en régimen presencial y matrícula completa en alguna de las enseñanzas y centros indicados en el apartado tercero.
  2. Tener fijada la residencia familiar y el domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León.
  3. No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la expedición de un título del mismo o superior nivel al correspondiente a las enseñanzas para las que solicita la ayuda.
  4. Cumplir los requisitos académicos y económicos que se establecen en los apartados sexto y séptimo, respectivamente.
  5. Haber solicitado beca o ayuda para los mismos estudios y curso académico dentro del plazo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2021-2022, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (B.O.E nº 183, de 2 de agosto de 2021). Este requisito no se exigirá para el alumnado no comprendido en el citado programa por cursar enseñanzas no incluidas en el mismo, debiendo no obstante reunir los requisitos establecidos en los artículos 5 ,6 y 7 de la Orden EDU/1066/2014, de11 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León.

Las solicitudes se pueden obtener a través e la aplicación informática:

Acceso a la aplicación

(Disponible desde las 00:00 horas del 1 de septiembre hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre)

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes podrán presentarse por uno de los siguientes medios:

  • De manera presencial, preferentemente en la secretaría del centro docente donde el alumno se encuentra matriculado en el curso escolar 2021-2022 o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
    Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es 
    Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Consejería de Educación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el solicitante, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información general, conforme establece el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el día 1 hasta el día 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

FICHEROS DISPONIBLES

 

INFORMACIÓN RELACIONADA

ORDEN EDU/1066/2014, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León
Fecha BOCyL: 16/12/2014

EXTRACTO de la Orden de 17 de agosto de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2021-2022
Fecha BOCyL: 26/08/2021

martes, 10 de agosto de 2021

Becas y ayudas para alumnado de Bachillerato | Ministerio de Educación | Curso 2021-2022

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado la convocatoria de becas de carácter general para el curso 2021-2022 dirigida a alumnos que cursen estudios postobligatorios. El único plazo de presentación de solicitudes para el alumnado que curse bachillerato se extiende hasta el día 30 de septiembre de 2021, inclusive.


REQUISITOS

Requisitos generales

  • Ser español/a o tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.
    Si tú o tu familia sois ciudadanos de la Unión, tenéis que residir de forma permanente en España o acreditar un trabajo por cuenta propia o ajena en España.
    Si no eres ciudadano/a de la Unión, aplicarán lo que indica la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social: es decir, puedes tener derecho a beca si eres menor de 18 años o si has obtenido permiso de residencia a 31 de diciembre de 2020.
  • No haber obtenido un título de nivel igual o superior a los estudios para los que pides la beca.

Requisitos académicos

Para el primer curso:

  • Tener una nota media de, al menos, 5 puntos en 4.º de ESO.
  • Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de las asignaturas del curso.
  • No repetir en el curso actual.

Para el segundo curso:

  • No repetir en el curso actual.
  • Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de las asignaturas del curso. Este requisito tienes que cumplirlo tanto en este curso como en el anterior o último que estudiaras.
  • Haber aprobado todas las asignaturas del curso anterior, salvo una. Si has repetido curso, tienes que aprobar todas.

Requisitos económicos

Puedes consultar estos requisitos en el siguiente enlace.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el día 30 de septiembre de 2021, inclusive.

 

PASOS PARA SOLICITARLA

Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Sigue los pasos que se te indica en esta página.

 

ENLACES

Ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo | Ministerio de Educación | Curso 2021-2022

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado una nueva convocatoria de becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo en el curso 2021-2022.

Es importante no confundir esta beca con la Convocatoria General de Becas del Ministerio de Educación. Estas ayudas son una alternativa a esta convocatoria general.


DESTINATARIOS

Qué personas pueden solicitar esta ayuda

Las ayudas 2021-2022 están dirigidas a personas que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones:

  • Discapacidad.
  • Trastorno grave de conducta.
  • Trastorno del espectro autista
  • Altas capacidades

Para qué estudios puedes solicitar esta ayuda

Puedes solicitar esta ayuda para los siguientes niveles no universitarios.

ESTUDIOS DISCAPACIDAD TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA ALTAS CAPACIDADES

Educación Infantil

NO

Educación Primaria

Educación Secundaria Obligatoria

Bachillerato

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el día 30 de septiembre de 2021, inclusive.

 

CÓMO SOLICITARLA

Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Una vez rellenado, tendrás que imprimir el formulario de solicitud y presentarlo en el centro educativo en el que vas a estudiar, si no tienes certificado electrónico.

Sigue los pasos que se te indica en esta página.

 

ENLACES