viernes, 3 de julio de 2020

Ayuda para la adquisición de material escolar para el alumnado del segundo ciclo de Infantil, Primaria y Secundaria

Convocatoria pública para la concesión de ayudas a familias para la adquisición de material escolar para los alumnos que cursen estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria durante el curso 2020/2021 en colegios del municipio de Valladolid.

Esta convocatoria tiene por objeto dotar una prestación económica para la adquisición de material escolar, con el fin de mejorar las necesidades socioeconómicas desfavorables de sus beneficiarios y tiene un marcado interés social, pues pretende facilitar el acceso a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales e impulsar unos mejores servicios educativos para toda la sociedad.

La Concejalía de Educación, Infancia e Igualdad destinará a estas ayudas un total de 100.000 euros. Las ayudas tendrán un importe de 60 euros por alumno y se establecen ayudas para un máximo de 1.666 alumnos. En el caso de familias con varios beneficiarios, la ayuda estará limitada a 240 euros por familia.

Podrán acogerse a estas subvenciones todos los alumnos cuyas familias reúnan los requisitos recogidos en la convocatoria, entre otros: haber asistido habitualmente a clase durante todo el curso escolar precedente y asistir habitualmente a las clases durante el curso escolar para el que se concede la ayuda, que los ingresos de la Unidad familiar no superen los importes establecidos en la convocatoria. Además, los alumnos beneficiarios deberán estar empadronados en el municipio durante todo el curso escolar.

El plazo de presentación de solicitudes será del 24 de junio al 14 de julio (ambos inclusive).

Para presentar las solicitudes en registro de forma presencial se necesita solicitar cita previa a través del 010, también se prodrá solicitar a traves de la página web del Ayuntamiento https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/atencion-ciudadana/cita-previa

Se podrá presentar en la sede electrónica del Ayuntamiento.

La instancia a rellenar para la solicitud presencial es la siguiente:

Descarga de la solicitud

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Solicitud debidamente cumplimentada y firmada por la madre, padre o representante legal del menor, excepto en los supuestos de separación o divorcio de los padres, que serán firmadas únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor. El firmante de la solicitud deberá ser el titular de la cuenta bancaria donde se desea que se ingrese la ayuda
  • Junto con el modelo oficial de solicitud de ayuda, deberá presentarse:
    1. Fotocopia del DNI de la madre, padre o representante legal del menor firmante de la solicitud (en los supuestos de separación o divorcio de los padres serán firmada únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor).
    2. Libro de familia completo de la unidad familiar o en su caso documentación que lo sustituya.
    3. Acreditación del número de cuenta o copia de la cartilla bancaria.
    4. En el supuesto de que los progenitores se encuentren separados por sentencia judicial firme, deben aportar copia de la misma, que contenga el convenio regulador o las medidas adoptadas en su defecto.
    5. Justificantes de ingresos de los miembros de la unidad familiar por alguno de los siguientes medios:
      1. Acreditación actualizada a fecha del año 20120 expedida por la Junta de Castilla y León de la percepción de Renta Garantizada de Ciudadanía y cuantía de la misma, en su
        caso, para quien sea perceptor de la misma.
      2. Acreditación expedida por el Ministerio de Empleo y Seguridad social de estar en situación de desempleo, y en su caso certificado de subsidio o prestación por desempleo
        y cuantía del mismo o de no ser titular de ayuda alguna, en su caso, para quien se encuentre en esta situación.
        Acreditación a través del SEPE o cualquier otro medio que se encuentran inmersos en un ERTE, o que han perdido su empleo como consecuencia de la declaración del estado
        de alarma originado por la crisis sanitaria del COVID 19.
      3. Declaración de la Renta de las Personas Físicas del Ejercicio 2019, o Certificación de no estar obligado a presentar Declaración. En este último caso deberán
        acreditar por cualquier medio admitido en derecho los ingresos familiares correspondientes al año anterior.
      4. Para quien no esté en las tres situaciones precedentes, las tres últimas nóminas recibidas en el año 2020, de cuyo importe deberá deducirse, que la cantidad anual percibida
        no es superior a las cantidades indicadas en los requisitos de estas bases.

 

ENLACES

Información en la página web del Ayuntamiento

Nota sobre la convocatoria

Hoja informativa sobre la ayuda

Trámite en la sede electrónica en el Ayuntamiento de Valladolid